Ninoska Lazo de Aldazoro |
CONSTITUYENTE CULTURAL y el Nuevo Modelo de Desarrollo Cultural Endógeno Integral de la Nación Venezolana |
La nación venezolana constituida en Poder Popular, decide con autodeterminación construir su destino e
historia y, en ejercicio del Poder Constituyente Originario, legitima, en votación directa y mayoritaria, la Constitución
Bolivariana y el sistema de gobierno de Democracia Cultural Participativa y Protagónica que fundamenta su evolución y profundización
en el equilibrio de las fuerzas y factores que intervienen en la multidimensionalidad del desarrollo nacional para lograr el bienestar
de toda la población, articulando los objetivos culturales y los económicos.
Este nuevo modelo de desarrollo de la nación venezolana, esta diseñado en el Plan de desarrollo endógeno
2000-2006 y su instrumentación es obligación y compromiso de la población revolucionaria comprometida con la transformación
estructural del Estado, en corresponsabilidad con quienes dirigen
las instituciones del
Estado de acuerdo a las leyes orgánicas de planificación, de administración pública, y otras de su competencia, para desarrollar
los principios constitucionales, basados en las doctrinas Bolivariana, Rodrigueana y Zamorana.
Vivimos dos realidades, por un lado la población revolucionaria venezolana avanza día a día en la
transformación de su conciencia, modo de vida, relaciones de poder y medios de producción e información de acuerdo a sus nuevos
valores que conforman el nuevo paradigma político colectivo que adelantamos inorgánicamente, por otro existe una resistencia de
parte de los encargados y funcionarios de organismos e instituciones del Estado, para que nada cambie, en su mayoría, apegados al
paradigma de democracia representativa “de nada” derogado en 1999, expresión del sistema rentista y clientelar propio de la
cultura dominante, desnacionalizadora, entregada al imperialismo y poderes transnacionales.
En el Viceministerio de Cultura-Conac, esa resistencia al cambio, cambio que no es otra cosa que cumplir
la Constitución, está instalada.
No ha habido voluntad política alguna, para definirse como órgano rector de la acción cultural del
Estado revolucionario, a la luz de la Constitución Bolivariana y articular su gestión con las acciones de transformación que
realiza el glorioso pueblo venezolano: Continúa en una estructura que responde al modelo desarrollista democratizador del pasado ya
derogado, por tanto no hay basamento para la organicidad y coherencia funcional de la gestión para el desarrollo cultural endógeno
integral del país y contribuir decididamente a la orientación política-ideológica de la población.
No existen espacios donde el ejercicio soberano del Poder Popular se exprese para decidir y orientar las
políticas culturales y elaborar presupuestos participativos para la inversión en programas y proyectos de desarrollo cultural
comunitario, regional y nacional para fortalecer y avanzar en la ejecución, desarrollo y profundización de la Democracia Cultural Participativa y Protagónica en base a los principios
constitucionales de participación ciudadana, protagonismo social, corresponsabilidad, control y evaluación de la gestión pública,
a través de mecanismos y órganos descentralizados y desconcentrados de acuerdo a la especificidad y particularidad cultural y
territorial para la defensa y seguridad de la soberanía.
Un organismo
que debiera impulsar la continuación del debate sobre las leyes revolucionarias de la subcomisión de Cultura de la Asamblea
Nacional, de la Comisión Mixta y de la Ley de Leyes o del Poder Popular que acompañado de firmas el pueblo inscriba en la Asamblea,
en atención al peligro que constituye la Ley Espinoza-Meyer-Conac inconstitucional perteneciente a los principios del modelo
economicista foráneo, neoliberal, privatizador, desnacinalizador = “Acceso+arte+cultura para llevarle al pueblo” que están
imponiendo las fuerzas del mal, golpistas, terrorista y lacayos del imperio yanqui, cuyos factores actúan en la gestión de los
recursos financieros del Conac para financiar campañas desestabilizadoras, enmascaradas en festivales de teatro internacional,
conciertos de orquestas infantiles y juveniles y demás organismos-entelequias, los cuales si se cerraran hoy, las comunidades de su entorno ni cuenta se darían por no causar impacto alguno en su entorno
y menos en el país. Mientras exista ese organismo debe discutirse con las comunidades los programas y proyectos para la inversión
del presupuesto y construir el
ALBA como instrumento legal anti ALCA
Por las razones expuestas, y otras que iremos exponiendo,
Poder
Popular expresado en organizaciones culturales, sociales, círculos bolivarianos, cooperativas, campesinos, indígenas,
individualidades, investigadores, pensadores revolucionarios, decidimos convocar a la Constituyente Cultural.
OBJETO ESENCIAL
Impulsar, desde el Poder Popular la transformación estructural de la nación en cuanto a las relaciones
de poder y propiedad de los medios de producción e información, la institucionalidad del Estado, la legislación y la gestión pública,
en base a los principios establecidos claramente en la Constitución Bolivariana en concordancia con Decretos de Funcionamiento del
Estado, la Ley Orgánica de Planificación, la Ley Orgánica de Administración Pública y el Plan de Desarrollo de la Nación
2000-2006.
OBJETIVOS
ACCIONES
RESULTADOS
CONSTITUYENTE CULTURAL NACIONAL
Objeto ESENCIAL
impulsar la acción
cultural continua, dinámica y transformadora de la nación, hacia el estímulo y desarrollo de la participación protagónica de las
comunidades para fortalecer la conciencia política del nuevo sujeto histórico.
OBJETIVOS
|