Tamara Adrián |
La identidad de género como causa de exclusión Ponencia para la Mesa de trabajo "Inclusión y exclusión", Foro Mundial Social 2006 de Caracas 25 de enero de 2006 |
1. El Foro Mundial de Caracas El Foro Social Mundial se celebra este año 2006 de manera “policéntrica”, de tal forma de dar cabida al mayor número de expresiones posibles de la diversidad social y cultural. La primera cita tiene lugar en África, Bamako, Malí, del 19 al 23 de enero de 2006. Casi simultáneamente, se reúne el foro americano en Caracas del 24 al 29 de enero de 2006. Y finalmente en Karachi, Pakistán, y en Bangkok, Tailandia, en unas fechas aún por definirse. Esta edición del Foro Social Mundial continúa con la idea anarquista originaria de la transversalidad en la diversidad, dando cabida al mayor número de expresiones posibles. De esta forma, se estima que estarán presentes unos 40.000 participantes en distintas áreas temáticas que abarcan los más diferentes aspectos de la diversidad social y cultural y que podrán expresar sus ideas, requerimientos y experiencias para enriquecer la formación de una estructura social y económica multipolar. Los llamados ejes temáticos incluyen temas sobre discriminación, minorías y diversidad, así como aspectos económicos y sociales concomitantes. En todos esos ejes caben participaciones relativas a la diversidad. Es así como diferentes grupos locales LGTB, tanto de lesbianas y gays, como de transexuales y transgéneros, han inscrito actividades que buscan dar visibilidad a las demandas de este colectivo. 2. Fundamento de la lucha en el área de los derechos a la diversidad sexual y a la diversa orientación y opción sexuales En el área de los derechos a la diversidad sexual y a la diversa orientación y opción sexuales, la aproximación que se impone es la transversal que busque la integración social, económica, política y legal de las personas discriminadas en razón del ejercicio de tales libertades, a través de la promoción de la inclusión. Ello debido a que los guettos y las segregaciones son los mecanismos clásicos de exclusión de la diversidad sexual, y, para los integrantes de este grupo, esos guettos y segregaciones, junto con el silencio del closet, habían constituido una especie de “cómodo refugio” frente a las agresiones y discriminaciones. Pero ha llegado el momento de romper el silencio, y lograr la efectiva igualdad dentro de la diversidad. Como es evidente, para lograr este objetivo, es necesario vencer una dificultad común con la lucha de las mujeres e inherente al sistema de poder hegemónico imperante en casi todos los países: poner en tela de juicio el “paradigma androcéntrico”, es decir, la existencia de un sistema de poder basado y derivado de la preeminencia del referente masculino; al igual que las derivaciones prácticas del mantenimiento de este paradigma, a saber, la familia heterosexual como base de la estructura social dominada por el referente masculino. Se trata en suma de una Lucha de Poderes, y una Lucha por el Poder, que pasa por el desplazamiento del referente para dar cabida a las otras expresiones posibles de poder, históricamente sometidas a través del referente masculino-machista y que, como forma de perpetuación en el poder, suprime-desplaza-reprehende-aniquila los derechos a la diversidad sexual y a la diversa orientación y opción sexuales. Hay que reconocer, y no hay duda en ello, que en esta misma lucha nos acompañan y nos preceden las mujeres, quienes han trabajado con ahínco durante todo el siglo XX para lograr la transversalización de los roles, modelos y mentalidades. Gracias a nuestras amigas feministas, entre las que me cuento. ¡Amigas: la lucha de las mujeres y la lucha de las personas LGTB es una lucha común! 3. Los enemigos de los derechos a la diversidad sexual y a la diversa orientación y opción sexuales La ruptura de estos paradigmas de poder se enfrenta con dos enemigos básicos: las iglesias de diferentes credos y la tradición laica interiorizada bajo la forma de prejuicios inveterados en los detentadores del poder. Así, por una parte, las ideas que las iglesias puedan expresar sobre el tema de la diversidad sexual deben ser desplazadas necesariamente de la vida civil en función de la laicidad que impera en nuestros ordenamientos jurídicos, pues resulta un contrasentido esencial que, en un estado laico, una iglesia de cualquier credo pretenda imponer sus creencias dogmáticas –necesariamente minoritarias- al resto de la población. Es esa justamente la práctica que llevó a la Inquisición, a las persecuciones religiosas y más recientemente a las persecuciones integristas. Y es que en un mundo multicultural y multipolar NADIE puede imponer a OTROS sus ideas, conceptos, formas de vida, patrones culturales o de conducta, y por el contrario, todos ellos deben aprender a convivir en pie de igualdad y con idénticas o similares prerrogativas y derechos. Por la otra parte, los prejuicios que las personas que conyunturalmente ejercen el poder político deben ser vencidas por medio de la información y convencimiento político de las ideas revolucionarias básicas de libertad, igualdad y fraternidad, que en caso concreto se manifiestan en: a) La libertad básica de elegir sin coacción la orientación u opción sexual que desee; b) La igualdad que debe proporcionar la ley en el sentido de evitar las discriminaciones y darle acceso a las personas con diferente orientación u opción sexual a mismas instituciones familiares, con los mismos derechos, tanto al matrimonio como a la adopción; y c) La fraternidad, que permite implementar el principio de equivalencia, que parte del reconocimiento de la desigualdad existente y establece los correctivos positivos necesarios para superar la discriminación y la desigualdad a través de la ley y las decisiones judiciales. 4. Las dificultades de la tarea Esta tarea no es necesariamente fácil, por varias razones: a) La indudable interiorización de una tradición judeo-cristiana que pone en el ejercicio de la genitalidad el centro del pecado. b) El ejercicio del poder político por supuestas mayorías que reproducen los esquemas androcéntrico-machistas. c) El temor a la diferencia debido al desconocimiento. d) El temor a abrazar una causa LGTB no formando parte de este grupo o siendo un integrante “de closet” del mismo, debido al temor a que “parezca” o “se diga” o “se descubra” que se forma parte de ella. Es más, existen leyes abiertamente discriminatorias en contra de los grupos LGTB, como, por ejemplo, la Ley Orgánica de Salud de 2001, dictada y modificada durante la legislatura pasada, que prohíbe expresamente costear la reasignación de sexo por parte de la seguridad social. 5. El panorama político venezolano Podría pensarse que el panorama político venezolano podría ser propicio al reconocimiento de la igualdad de derechos para las personas LGTB. Sin embargo, la realidad es otra. A pesar de algunas manifestaciones aisladas de apoyo por parte de ciertos dirigentes políticos, las manifestaciones públicas de la mayor parte de los Diputados o Diputadas y de algunos miembros del Poder Público son particularmente contrarias a la igualdad y reproducen los prejuicios básicos de origen religioso y de derecha extrema. Para mí esto es un contrasentido básico, que puede demostrar una falta de apego real a las ideas que se dice profesar. Por ejemplo, algunas y algunos diputados de la recién instalada Asamblea Nacional, que se dicen profesar ideas de izquierda, han hecho declaraciones públicas en contra del establecimiento de leyes de igualdad a favor de las personas integrantes de las minorías sexuales LGTB. A ellos y ellas les digo que recuerden que no se puede ser de izquierda y ser racista o sexista, ni tampoco ser homófobo o transfóbico, pues eso es una contradicción in terminis con la ideología que dicen profesar. O son de izquierda, y no pueden hacer otra cosa que abrazar las ideas de igualdad y respeto de los derechos de TODAS las personas, a lo cual se encuentran obligados por cierto, por la Carta Andina de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de 2002, firmada por el Presidente Hugo Chávez personalmente, en la cual se establece que la discriminación por orientación u opción sexuales es una causal de discriminación que debe ser combatida efectivamente con medidas que promuevan la igualdad y eliminen la discriminación. Peor es el caso de integrantes del Poder Judicial, ante quienes se plantean casos de defensa de los derechos humanos de las personas que forman parte de las minorías sexuales. Así, en el caso del procedimiento constitucional intentado por mí en mayo de 2004 para el reconocimiento de la identidad como mujer y la modificación de los documentos que reposan en archivos públicos y privados por vía de autodeterminación informativa, después de más de 20 meses de introducido, la Sala Constitucional ni siquiera se pronuncia aún sobre su admisibilidad. A todos ellos les digo que un funcionario público no puede anteponer prejuicios personales ante la protección efectiva de los derechos humanos, tal y como lo exigen la Constitución, los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos y la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos y la Declaración de Mercosur sobre el tema. 6. Una breve conclusión La legislación venezolana no protege efectivamente y de manera específica los derechos de las personas LGTB ni en contra de la discriminación, ni en contra de la violencia, y mucho menos en cuanto a la igualdad de derechos relacionados con aspectos familiares, tales como matrimonio y adopción, a pesar de que la Constitución Nacional y los pactos internacionales así lo exigen. De las categorías de personas que la Carta Andina para la Promoción y Protección de Derechos Humanos señalan como especialmente dignas de protección (entre otros, menores, discapacitados, apátridas y refugiados, minorías étnicas, minorías religiosas), la única que hasta ahora no ha sido protegida por medio de una ley que regule el tema, es la de las personas con diversa orientación u opción sexuales. Los tribunales nacionales, y particularmente el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, han mantenido una actitud de silencio cómplice ante las solicitudes que se han hecho para el reconocimiento de derechos de igualdad tanto en materia familiar como de identidad de género. Los diputados y diputadas ante la recién instalada Asamblea Nacional, salvo excepciones, han dado declaraciones contrarias a la igualdad, o pretenden someter cualquier decisión al respecto a referendum, lo cual no es sino una forma de circunvalar el tema falazmente, pues los derechos fundamentales de las minorías no pueden ser sometidos a referendum. Exigimos que los funcionarios y funcionarias públicos en todas las ramas del Poder, tanto legislativo como ejecutivo y judicial asuman las consecuencias del compromiso ideológico que señalan profesar, y tomen todas las acciones legislativas, ejecutivas y judiciales necesarias para hacer cesar el estado de desigualdad atávica que permite segregar, excluir y marginar a las personas con diversa orientación u opción sexuales. De no hacerlo, significará simplemente que los principios que dicen profesar serían falsos, pues no se puede ser de izquierda y ser racista o sexista, como tampoco se puede ser homofóbico o transfóbico. |